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Convocadas las subvenciones destinadas al asociacionismo profesional año 2022

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Fecha de publicación:

7 de septiembre de 2022

Fuente:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Descripción:

En el BOCyL nº 173, de 7 de septiembre, se ha publicado el extracto de la Orden de 2 de septiembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones correspondientes al año 2022, destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales.

Contenido:

En el BOCYL nº 173, de 7 de septiembre, se ha publicado el extracto de la Orden de 2 de septiembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones correspondientes al año 2022, destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales, para el fomento de la transformación de las industrias culturales y creativas.

BDNS (Identificador): 643883

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de septiembre de 2022.

Podrán encontrar toda la información sobre esta convocatoria en el siguiente enlace:

Subvenciones asociacionismo profesional   utilizando el identificador BDNS

Las subvenciones cuya convocatoria se publica ahora tendrán por finalidad apoyar los proyectos llevados a cabo por las asociaciones profesionales y demás entidades sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones, de ámbito autonómic, que se dediquen a la defensa de los intereses de los sectores culturales, para la transformación de las industrias culturales y creativas de Castilla y León.

La actuación o actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto para las subvenciones asciende a 300.000,00 €; en cuanto a la cuantía individual, ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 80% del coste total del proyecto, con el límite máximo de 50.000,00 € por proyecto.

Podrán realizarse pagos anticipados del 100% del importe total de la subvención concedida, previa petición de los beneficiarios, en el formulario de solicitud de la subvención, no siendo necesaria la constitución de aval para percibir el mismo.

La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de enero de 2024, inclusive. La documentación justificativa que deberá presentarse será la indicada en el artículo 12 de la Orden CYT/823/2020, de 2 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras destinadas al asociacionismo profesional en el ámbito de los sectores culturales, para el fomento de la transformación de las industrias culturales y creativas, publicada en el BOCyL del 11 de septiembre de 2020.