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Cultura de Castilla y León
Cultura de Castilla y León
En el BOCyL nº 168, de 1 de septiembre, se ha publicado el extracto de la Orden de 29 de agosto de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones correspondientes al año 2023, destinadas a financiar la realización de cortometrajes.
En el BOCYL nº 168, de 1 de septiembre, se ha publicado el extracto de la Orden de 29 de agosto de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones correspondientes al año 2023, destinadas a financiar la realización de cortometrajes.
BDNS (Identificador): 714210
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de septiembre de 2023.
Podrán encontrar toda la información sobre esta convocatoria en este enlace:
Subvenciones destinadas a financiar la realización de cortometrajes (2023)Las subvenciones cuya convocatoria se publica ahora tendrán por finalidad contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual, a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la modalidad de cortometrajes cinematográficos, que tengan su domicilio o sede social permanente en la Comunidad de Castilla y León.
Serán gastos subvencionables, entre otros, los gastos generales de personal y viajes, alojamiento y manutención, los específicos de preproducción y producción, los de distribución, promoción y publicidad, los gastos corrientes derivados de la realización del proyecto y el gasto en bienes de equipo. La actuación o actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2024, ambos inclusive.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto para las subvenciones asciende a 125.000 €; en cuanto a la cuantía individual, ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 75% del presupuesto total del proyecto de cortometraje, con el límite máximo de 25.000 € por proyecto.
Podrán realizarse pagos anticipados del 25% del importe total de la subvención concedida, previa petición de los beneficiarios, en el formulario de solicitud de la subvención, no siendo necesaria la constitución de aval para percibir el mismo.
La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de agosto de 2024, inclusive. La documentación justificativa que deberá presentarse será la indicada en el artículo 13 de la Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras destinadas a financiar los cortometrajes, publicada en el BOCyL del 24 de agosto de 2020.