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Cultura de Castilla y León
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En el BOCyL nº 177, de 14 de septiembre, se ha publicado el Extracto de la Orden de 12 de septiembre de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros, para el año 2023.
En el BOCYL nº 177, de 14 de septiembre, se ha publicado el extracto de la Orden de 12 septiembre de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros, para el año 2023.
BDNS (Identificador): 713893
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de octubre de 2023.
Podrán encontrar toda la información sobre esta convocatoria en este enlace:
Subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros (2023)Las subvenciones cuya convocatoria se publica ahora, tendrán por finalidad financiar la creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León, y a financiar medidas de innovación tecnológica en las empresas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros y contribuyan a la mejora de la calidad de ésta.
La actuación o actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto para las subvenciones asciende a 200.000 €; en cuanto a la cuantía individual, ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 60% de la inversión, con un límite de 50.000 € por beneficiario.
Podrán realizarse pagos anticipados del 35% del importe total de la subvención concedida, previa petición de los beneficiarios, en el formulario de solicitud de la subvención, no siendo necesaria la constitución de aval para percibir el mismo.
La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive. La documentación justificativa que deberá presentarse será la indicada en el artículo 13 de la Orden CYT/554/2023, de 25 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros, publicada en el BOCyL del 4 mayo de 2023.