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Cultura de Castilla y León
Cultura de Castilla y León
En el BOCyL nº 97, de 21 de mayo, se ha publicado el Extracto de la Orden de 16 de mayo de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones, correspondientes al año 2024, destinadas a financiar la realización de proyectos de producción editorial de interés para la Comunidad de Castilla y León y la puesta en marcha de proyectos de internacionalización editorial mediante la asistencia a ferias o salones internacionales del sector del libro.
BDNS (Identificador): 761752
Plazo de presentación de solicitudes desde el 22 de mayo de 2024 hasta el 11 de junio de 2024.
Podrán encontrar toda la información sobre esta convocatoria en el siguiente enlace:
Convocatoria de subvenciones año 2024 destinadas a financiar la realización de proyectos de producción editorial de interés para la Comunidad de Castilla y León.Las subvenciones convocadas el día 21 de mayo, tienen como objeto el fomento y difusión del libro en Castilla y León a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean empresas editoriales, destinadas a la realización de proyectos de producción editorial de interés para la Comunidad de Castilla y León y para la puesta en marcha de proyectos de internacionalización editorial mediante la asistencia a ferias o salones internacionales del sector del libro, que se celebren tanto en España como fuera de ella.
Pueden solicitarlas las empresas editoriales con residencia fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
Se podrán solicitar las subvenciones para los siguientes proyectos:
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectua en régimen de concurrencia competitiva.
La cuantía de las subvenciones, para cada beneficiario, no podrá ser superior al 80% del total de la inversión en cada uno de los proyectos para los que se solicita la subvención, con un límite de 6.000 € para cada uno de los dos tipos de proyectos.
El proyecto o proyectos subvencionados y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive.